domingo, 23 de septiembre de 2018

Una luz al final del túnel…



Hoy por la noche, en el programa Visión 360 que transmite el canal Ecuavisa a nivel nacional, se reproducirá el programa “Victimas de la Usura”, y este es un tema que en los últimos meses he venido tratando de manera histórica y jurídica, sin embargo, aún se siente frió el tema, pese a la abundante casuística que se presenta en relación con el delito, la sanción y los sancionados.

En nuestro país, aquel fundado en base a la jurisprudencia española, no se ha dejado jamás de producir sanciones, normas, procedimientos en cuanto a sancionar el delito de usura, es decir el cobro exagerado de intereses por parte del prestamista, sin embargo miles han sido las formas, maneras y estrategias que los prestamistas han encontrado para ocultar su delito, es decir han comprendido, saben y conocen que el préstamo a exagerados intereses es un delito, y conscientes de ello, para ocultarlo, negarlo e impedir la correspondiente investigación, proceso y sanción, se han inventado las más disimiles situaciones con tal de favorecerse.

No se niega la capacidad de prestar dinero, bienes o efectos que produzcan resultados económicos, no por el contrario, lo que el actual Código Orgánico Intégral Penal, intenta limitar y prohibir, es el exagerado cobro de intereses, en detrimento del deudor que de pronto se ve duplicada su deuda y por ello imposible de pagar.

En este sentido, por ejemplo, el acreedor es decir el prestamista, para asegurar el cobro y recuperación de su capital y del elevado interés, les hace llenar varios ejemplares de letras de cambio, por una sola deuda, la cual después demanda una a una pese haber cobrado intereses ilegales y ya hasta el capital, pese a que existe un cobro en exceso, además se llena de garantes en quien caer, así como en garantías que una a una va quitando a sus víctimas.

Además de no entregar de modo alguno recibo por el interés cobrado, lo que luego hace que al demandar obviamente se crea que el deudor es un moroso que ni el interés ha querido pagar, de igual manera altera letras de cambio, las cuales suele hacerles firmar en blanco llenándolas a su arbitrio por el doble triple de la deuda lo que hace imposible de pagar y quedarse con los bienes dados en garantía.

Parecería que es un cuento chino, una mentira, que la intención del deudor es demandar por usura a quien buenamente le presto, pero no es así, en realidad estas cosas pasan y suceden permanentemente y la normativa que se va creando, está retrasada con los cambios que los usureros van implementando para castigar a sus víctimas inmisericordemente.

Hoy por la noche les invito iniciaremos un proceso de conocimiento de esta cruel realidad que enferma, mata silenciosamente a quienes caen en efecto en un delito planeado, ante la insuficiencia de las instituciones bancarias, para con los créditos, llenarse de papeles y garantías, obliga al ciudadano común a recurrir a los prestamistas usurarios, que terminan de rematar lo poco o nada que a nuestra ciudadanía le queda.

Uno se endeuda no para sentarse a dormir el sueño profundo, al contrario, para emprender, para salir del espacio que la vida le ha encomendado y saltar el bache a un futuro mejor.

Aquí dentro de la lista de deudores rematados y demandados por deudas inciertas, aumentadas, duplicadas exageradamente también están los emigrantes, quienes, por un sueño de un país lejano, de mejores días endeudaron hasta el alma, y no pudieron pagar por que “alma hay solo una, no dos ni tres”.

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